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Convocatoria de Ayudas para actividades del estudiantado de la UAM 2023

Imagen 1ª Convocatoria de Ayudas para actividades del estudiantado de la UAM 2023

Periodo de inscripción

Del 02/11/2022 al 30/11/2022

Información

Esta convocatoria está orientada a fomentar la participación del estudiantado en la vida universitaria, a través del desarrollo de actividades que, de acuerdo con la normativa de la UAM, tengan como fines: la educación superior, la promoción de la cultura, la defensa de los valores culturales y universitarios, el desarrollo científico, artístico o deportivo, así como, el desarrollo profesional y el interés social, que sean independientes de cualquier partido político o confesión religiosa y que respeten el ordenamiento jurídico.

Las actividades para las que se solicite ayuda deben ser de carácter participativo y que no sólo interesen o beneficien a los solicitantes.

  • Actividades de creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica, la cultura y el arte (tales como publicaciones, exposiciones artísticas o divulgativas, talleres, competiciones, conciertos y producciones audiovisuales o teatrales); así como actividades que promuevan la internacionalización de la Universidad y su visibilidad. 
  • Actividades orientadas al desarrollo cultural y social que promuevan la participación de la comunidad universitaria. 
  • Actividades orientadas a la promoción y búsqueda de soluciones en ámbitos como los derechos humanos, el medio ambiente, las relaciones de género, la atención a las personas con discapacidad, la erradicación de la pobreza, y la justicia social y económica. 
  • Actividades orientadas a la promoción de conocimientos, valores, actitudes, habilidades y patrones de comportamiento comprometidos con un desarrollo humano sostenible.

El plazo de presentación de solicitudes será del 2 al 30 de noviembre de 2022.

Convoca

Universidad Autónoma de Madrid

Requisitos

Destinatarios: Estudiantes de grado. Estudiantes de máster. Estudiantes de Doctorado.

Podrán solicitar ayuda económica:

a) Las asociaciones legalmente constituidas e integradas totalmente o, al menos, por ocho estudiantes de la UAM, que estén inscritas en el Registro de asociaciones de la UAM y hayan aportado la documentación indicada en el art. 6.2 de la normativa sobre la materia aprobada en el Consejo de Gobierno de 25 de marzo de 2011.

b) Las agrupaciones de estudiantes que estén inscritas en el Registro de la UAM y hayan aportado la documentación indicada en el art. 6.2 de la citada normativa aprobada en el Consejo de Gobierno de 25 de marzo de 2011, referida a sus agrupados.

c) El estudiantado de la UAM, individualmente o de forma colectiva.

 

Dotación

Cada solicitante recibirá ayuda como máximo para cuatro actividades. Las ayudas otorgadas a los solicitantes no podrán superar, en cómputo global, los 1.000 euros por solicitante (individual o colectivo).

De manera excepcional podrán otorgarse ayudas superiores siempre que la Comisión de Estudiantes considere que existen razones debidamente justificadas.