Subvenciones a empresas programas de empleo-formación jóvenes, Castilla y León
Periodo de inscripción
29/12/2021 to 27/01/2022Información
Convocatoria de subvenciones en el ámbito de Castilla y León, destinadas a financiar programas de empleo-formación a llevar a cabo por entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, dirigido a jóvenes beneficiarios de la Renta Garantizada de Ciudadanía e inscritos en el sistema nacional de Garantía Juvenil.
La finalidad de esta actuación subvencionable es contribuir a que los jóvenes contratados, pertenecientes a este colectivo especialmente vulnerable, mejoren su nivel de empleabilidad y consigan una mayor autonomía a través de su independencia económica.
Las subvenciones convocadas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
Serán destinatarias de la actuación subvencionable los jóvenes que, en el momento de iniciarse la actuación subvencionable, cumplan los siguientes requisitos:
- Tener más de 16 años y menos de 30, estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y figurar en situación de beneficiarios del mismo.
- Ser beneficiarios de la prestación económica de Renta Garantizada de Ciudadanía.
Las personas destinatarias serán seleccionadas por la entidad beneficiaria de la subvención, de entre las facilitadas por la Gerencia de Servicios Sociales, previa solicitud a la misma.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Convoca
Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades privadas con ánimo de lucro que, cumpliendo con los requisitos establecidos en la convocatoria, realicen la actuación subvencionable descrita en el Resuelvo Quinto y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
Dotación
El importe máximo de la subvención por cada programa de empleo formación dirigido a una sola persona destinataria, será de 15.000 euros y ello, con independencia del salario que legal o convencionalmente le corresponda percibir al trabajador.