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Oposiciones Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo

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Periodo de inscripción

Del 13/12/2022 al 11/01/2023

Información

Se convoca el proceso selectivo para cubrir 51 plazas de la escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, código 6014S, por ingreso libre.

La distribución por áreas de las plazas convocadas es la siguiente:

  • Área de Técnicos de Inspección: 32.
  • Área de Enfermería: 19.

Las personas aspirantes solo podrán presentarse a una de las áreas anteriores. Del total de las plazas convocadas, se reservará una plaza del área de Enfermería y dos del área de Técnicos de Inspección para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I de la convocatoria. Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Plazo de presentación de solicitudes: veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Convoca

Ministerio de Sanidad

Requisitos

Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de diplomado o grado en Enfermería para el Área de Enfermería y el de diplomado universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o grado, para el Área de Técnicos de Inspección.

Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de diplomado universitario al haber superado los tres primeros cursos completos de licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional 1.ª del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.