El Ministerio de Cultura convoca el Premio Nacional al Fomento de la Lectura

Periodo de inscripción:

Desde el 09/03/2026 hasta el 30/06/2026

Información:

Los premios que convoca y concede cada año el Ministerio a través de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas tienen como objetivo estimular la creación literaria mediante el reconocimiento público de la labor de los autores cuyas obras han destacado especialmente a juicio de un jurado de expertos en cada modalidad. Igualmente se reconoce la labor en pro de la difusión de la cultura de determinadas entidades y profesionales.

El Premio Nacional al Fomento de la Lectura se concede desde 1994 como recompensa y reconocimiento a una trayectoria profesional o con el fin de destacar aportaciones sobresalientes y continuadas orientadas a favorecer el hábito de la lectura. Puede concederse tanto a personas, como a programas, entidades, fundaciones o medios de comunicación (es decir personas físicas o jurídicas) que hayan destacado en el desempeño del fomento del hábito lector y en la difusión de la lectura como una actividad cultural, positiva, útil y placentera.

Convoca:

Ministerio de Cultura

Requisitos:

Se premiará a dos personas físicas o jurídicas, una de las cuales deberá haberse distinguido por actividades de fomento de la lectura en los medios de comunicación.

Dirección:

Plaza del Rey 1, 28004 Madrid‎

BOE:

07-03-2026

Dotación:

La dotación económica del Premio Nacional al Fomento de la Lectura es de 30.000 € para cada una de sus dos modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación.

Más información:

  • Las candidaturas al Premio Nacional al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación, correspondiente al año 2026, serán presentadas por los miembros del jurado o por las entidades culturales o profesionales que por su naturaleza, fines o contenidos estén vinculadas al fomento de la lectura en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, así como en aquellas con reconocimiento jurídico en los estatutos de autonomía, en un número máximo de cuatro por cada modalidad, mediante propuesta razonada en la que se hará constar los méritos que concurren en la misma y dirigida a la Presidencia del jurado, una vez designado el mismo.
  • La fecha límite de presentación de dichas propuestas se establecerá en la orden ministerial en la que se designen los miembros del jurado.
  • Las propuestas deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, y podrán ser presentadas empleando un certificado de firma electrónica válida, a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura.
  • Asimismo, podrán presentarse en la oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Cultura, sita en plaza del Rey número 1 (28004 Madrid), así como en cualquier otro lugar de presentación a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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