Información:
Fecha de finalización de envío de solicitudes: 18 de agosto (incluido).
Para dudas o consultas, escribir a asociacionismoinjuve@injuve.es.
Procedimiento de Concesión: La documentación deberá presentarse en formato electrónico, a través del Registro Electrónico General, adjuntando los anexos que procedan cuyos modelos se pone a disposición en esta página, así como cuanta documentación se solicita en la citada orden.
El Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (REG-AGE) o Registro Electrónico es un punto para la presentación de documentos para su tramitación con destino a cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, Organismo público o Entidad vinculada o dependiente de éstos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En esta página puede consultar el apartado de «Preguntas frecuentes» del Registro Electrónico General.
IMPORTANTE: requisitos técnicos para la tramitación en el Registro Electrónico General.
Documentos adjuntos:
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BOE 17 de julio de 2025
- Memoria explicativa (anexo I)
- Declaración responsable sobre la entidad (anexo II)
- Declaración responsable sobre las personas participantes (anexo III)
- Declaración responsable sobre las personas voluntarias (anexo IV)
- Modelo sugerido a las entidades para la aceptación o renuncia a la resolución definitiva de concesión de la subvención