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Justificación Ayudas Injuve para la Creación Joven 2013

16/06/2014

Te resuminos los aspectos más relevantes y te facilitamos los modelos de liquidación.

Logotipo Ayudas Injuve para la Creación Joven 2013

Todos aquellos beneficiarios de las Ayudas Injuve para la Creación Joven deberán justificar los gastos efectuados a cargo de las ayudas recibidas, en el plazo de dos meses contados a partir de la finalización del proyecto.

En los artículos 11, 12 y 13 de la convocatoria se detallan las obligaciones del beneficiario y la forma en que deben justificarse las ayudas.

Te resumimos los aspectos más relevantes de dicha justificación:

1. MEMORIA: Se redactará una memoria que recoja pormenorizadamente el proyecto realizado.

2. RELACIÓN DE GASTOS (según modelo en archivo de descarga).

  • Todos los gastos presentados deben ser subvencionables (art. 8).
  • Todos los gastos presentados deben estar justificados con su correspondiente factura.
  • El beneficiario conservará las facturas de los gastos por si estas fueran requeridas por el órgano concedente (Injuve), la Intervención de la Administración del Estado o el Tribunal de Cuentas.

3. Si los hubiere, DECLARACIÓN DE OTROS INGRESOS O SUBVENCIONES que hayan financiado la actividad objeto de la ayuda (según modelo en archivo de descarga).

4. Entrega al Instituto de la Juventud de un ejemplar, como mínimo, de cada uno de los MATERIALES utilizados para la difusión del proyecto objeto de ayuda y de la documentación generada en su realización.

 Para más información consulte la NOTA INFORMATIVA en archivos de descarga