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Actualización del Decreto de Formación de Tiempo Libre Infantil y Juvenil en el País Vasco

30/11/2016

Para su equiparación a los correspondientes certificados de profesionalidad.

El pasado 17 de noviembre se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco la actualización del Decreto por el que se regula el reconocimiento oficial de las escuelas de formación de personas educadoras en el tiempo libre infantil y juvenil y de los cursos que imparten dichas escuelas, así como el acceso a los mismos.

El reconocimiento oficial de las escuelas de formación de personas educadoras en el tiempo libre infantil y juvenil permite a las escuelas la impartición de cursos de formación que reglamentariamente se establezcan.

Desde diferentes instancias de la Unión Europea se viene planteando como objetivo una cooperación más estrecha en lo que respecta a las cualificaciones profesionales, haciéndolas más transparentes y comparables, y el reconocimiento de la educación no formal e informal.

En este sentido, desde el Consejo Interterritorial de Juventud, integrado por el Instituto de la Juventud y los organismos de juventud de las Comunidades Autónomas, se está trabajando para adecuar sus respectivas normativas reguladoras de formación de tiempo libre a la nueva situación creada tras la publicación de las cualificaciones profesionales de juventud.

El objetivo es que esta formación se adapte al contenido de las cualificaciones profesionales y en concreto al de los certificados de profesionalidad de Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil y de Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.

De esa forma, los contenidos formativos pasarán a ser exactamente los mismos para todas las escuelas reconocidas oficialmente por el organismo de Juventud de la correspondiente comunidad autónoma. Mediante la actualización del Decreto de formación de tiempo libre infantil y juvenil en el País Vasco, se posibilita que las escuelas de formación reconocidas en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, adapten sus módulos formativos al contenido de los certificados de profesionalidad citados, para que sean equiparables a la formación de tiempo libre regulada por el resto de comunidades autónomas.