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Nueva Ley de Trabajadores Autónomos

29/12/2017

Los hombres menores de 30 años y  mujeres menores de 35 podrán aplicarse una bonificación del 30%, sobre la cuota por contingencias comunes en los 12 meses siguientes a la finalización de la tarifa plana, pudiendo disfrutar de bonificaciones durante sus primeros 36 meses.

Nueva Ley de Autónomos

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo introduce novedades respecto a las bonificaciones para los jóvenes que deciden autoemplearse. Aunque la nueva ley se publicó en el BOE el pasado 25 de octubre, algunas de sus medidas entran en vigor el 1 de enero de 2018.

Una de las principales novedades es la ampliación del periodo de la llamada tarifa plana, en el que el autónomo sólo paga 50 euros al mes en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social. Antes era de seis meses y, a partir de 2018, pasa a ser de un año. A partir del 1 de enero de 2018 el nuevo autónomo solo tendrá que pagar 50 euros durante doce meses. Después, durante los seis siguientes, del mes 13 y hasta el 18, la deducción será de un 50% de la cuota mensual, mientras que a partir de esa fecha, y hasta los dos años, el autónomo se beneficiará de una deducción del 30%. Pero, además, los nuevos autónomos varones menores de 30 años, y  mujeres menores de 35, tienen una ayuda extra, ya que podrán aplicarse una bonificación del 30%, sobre la cuota por contingencias comunes en los 12 meses siguientes a la finalización de la tarifa plana. Por tanto, nuevos autónomos más jóvenes disfrutarán de bonificaciones durante sus primeros 36 meses.

Estas son algunas de las novedades más destacadas de la Ley de Autónomos:

  • Se amplía el plazo de la tarifa plana de 50 euros a un año para los nuevos autónomos o para los que no lo hayan sido en los últimos 2 años.
  • Se amplía también el periodo de la bonificación de la tarifa plana a los 24 meses. Una vez finalice el primer año, se bonificará con un 50% otros seis meses y al 30% los siguientes seis meses.
  • Las personas que decidan volver a montar un negocio podrán beneficiarse de la tarifa plana siempre y cuando hayan pasado tres años desde que disfrutó de la bonificación.
  • Ahora, los autónomos pueden darse de alta y de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) hasta tres veces en el mismo año.
  • También se podrá cambiar hasta cuatro veces su base de cotización en un año.
  • Solo pagarán desde el día efectivo en el que se cause alta o baja en el RETA , y no el mes completo como hasta ahora.
  • Las madres que emprendan un negocio antes de los dos años desde que cesara su actividad por maternidad, adopción, acogimiento, etc., podrán beneficiarse de una tarifa plana de 50 euros.
  • Los autónomos podrán cobrar el 100% de la pensión de jubilación y seguir trabajando si tienen, al menos, un empleado al cargo.
  • En caso de pluriactividad, el exceso de cotización se devolverá sin que haya que solicitarlo.
  • La cuota de los autónomos societarios se ajustará a los presupuestos generales del estado y lo que se negocie con las principales asociaciones de autónomos, y no subirá de forma automática con el salario mínimo interprofesional.
  • Aquellos que trabajen desde su casa podrán deducirse el 30% de los gastos de suministros como agua, luz o telefonía.
  • También podrán deducirse hasta 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida cuando sea en España y 48 euros si se realiza en el extranjero.
  • Los recargos por retrasos en los pagos a la Seguridad Social se reducen del 20% al 10% en el primer mes, y después a la mitad.
  • Los autónomos con menores o personas dependientes a su cargo tendrán la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año.
  • Las madres y los padres autónomos de baja por maternidad, paternidad, adopción, etc., estarán exentos de pagar la cuota en el periodo de la baja.
  • Se facilita la contratación de hijos discapacitados de los autónomos.
  • Aquellos trabajadores por cuenta propia que contraten de manera indefinida a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, podrán bonificarse el 100% de las contingencias comunes durante un año, siempre y cuando el contrato dure, al menos, seis meses, y el autónomo no haya prescindido de trabajadores.
  •  Se reconoce el accidente que se produzca en la ida o en la vuelta al lugar de trabajo del autónomo, siempre que no coincida con el propio domicilio.