La subvención se destinará a financiar la formación teórica y práctica para la obtención de un permiso de conducción de las clases C o D, cuya regulación se establece en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, así como las tasas de examen, de expedición del permiso y gastos derivados del examen psicotécnico necesario para su obtención. Del mismo modo, se financiará la formación teórica y práctica obligatoria del permiso de conducción de la clase B a aquellas personas que no dispongan de éste; financiación condicionada a la posterior obtención de un permiso de conducción de las categorías C o D.
El importe máximo por cada persona beneficiaria será de 3.000 €
Paseo de la Castellana 67, C.P. 28071
- Los interesados presentarán una solicitud para la subvención prevista en este real decreto, a través del registro electrónico accesible desde la sede electrónica asociada del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
- buzon.reconduce@transportes.gob.es