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Oposiciones Cuerpo Superior de Auditores del Tribunal de Cuentas

Imagen Oposiciones Cuerpo Superior de Auditores del Tribunal de Cuentas

Periodo de inscripción

Del 20/12/2023 al 18/01/2024

Información

Se convoca proceso selectivo para cubrir diez plazas del Cuerpo Superior de Auditores del Tribunal de Cuentas, código 4112, de las que cinco se reservan para el turno de promoción interna y cinco para el de acceso libre.

Del total de plazas convocadas por el turno de acceso libre, se reservará una para ser cubierta por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran desiertas, se acumularán a las que se ofrezcan al resto de las personas aspirantes de acceso libre.

Las solicitudes se dirigirán a la Presidencia del Tribunal de Cuentas en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Convoca

Tribunal de Cuentas

Requisitos

a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española.

b) Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas encomendadas al Cuerpo Superior de Auditores del Tribunal de Cuentas.

c) Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) Habilitación: no haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios/as, ni pertenecer al mismo cuerpo, escala o especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.

e) Titulación: estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

f) Pago de la tasa dentro del plazo establecido.