Premio Alimentos de España - Edición 2026

Periodo de inscripción:

Desde el 17/01/2026 hasta el 03/03/2026

Información:

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación viene convocando desde 1987 el Premio "Alimentos de España" en reconocimiento a los profesionales o entidades que contribuyen a impulsar este sector tan importante en la economía española. En el año 2026 estos premios alcanzan su XXXVIII edición. La finalidad de este premio es promover y estimular a los diferentes elementos de la cadena alimentaria, en la producción, transformación, utilización, conocimiento y consumo de los alimentos y reconocer su esfuerzo comercializador, innovador, de desarrollo rural y cuidado del medio ambiente y de internacionalización, y en la elaboración de alimentos de calidad y su promoción.

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Requisitos:

Podrán participar, según corresponda, explotaciones agrarias, instalaciones acuícolas, empresas alimentarias y pesqueras, entidades, organizaciones o asociaciones, con independencia de la forma jurídica que adopten, cuya sede principal esté situada dentro del territorio nacional, así como las personas físicas que desarrollen su actividad en España y que cumplan con los requisitos establecidos específicamente para cada una de las modalidades del premio.

Dirección:

Pº Infanta Isabel 1, 28014 Madrid

BOE:

16-01-2026

Dotación:

Consistirá en un distintivo de excelencia y/o un diploma acreditativo. En ningún caso los galardonados recibirán aportación económica.

Más información:

  • Para poder participar será necesario cumplimentar y adjuntar la siguiente documentación:
  • Anexos I y II de la convocatoria debidamente cumplimentados, disponibles en la sede electrónica del MAPA.
  • Una memoria con las actuaciones más destacadas por las que se desea optar al premio.
  • Un resumen ejecutivo de la memoria.
  • La Documentación complementaria prevista en el anexo IV de la convocatoria de carácter opcional.
  • Las solicitudes se presentarán por vía electrónica mediante certificado electrónico válido y compatible con la sede electrónica asociada del Departamento, cumplimentando la información requerida en la misma, en el caso de tratarse de personas jurídicas.
  • Si los beneficiarios son personas físicas, podrán optar por presentar las solicitudes presencialmente en papel, en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.